Turismo en Argentina: Se reglamentó la Ley de Turismo Estudiantil


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La conferencia de prensa fue encabezada por el subsecretario de Turismo de la Nación, Daniel Aguilera; el director nacional de Gestión de Calidad Turística, Leonardo Boto Alvarez, y Jorge Nocetti, presidente del Consejo Federal de Turismo.

Asistieron representantes de los distintos sectores involucrados en el tema: José Luis López, subsecretario de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Producción de la Nación; Domingo de Cara, coordinador del Consejo Federal de Educación, y Ricardo Roza, presidente de la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo (AAAVYT).

También participaron Enrique Bordoni, director del Banco de la Nación Argentina, y representantes de Nación Servicios, de Nación Fideicomiso y de la AFIP; José Pedro Bustos, director de Asuntos Jurídicos de la Superintendencia de Salud; Martín Navarro, vocero de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, y directivos de la Asociación Padres del Turismo Estudiantil.

El Reglamento está enfocado en dos aspectos fundamentales: la seguridad física de los chicos y las garantías en cuanto al cumplimiento de los contratos. El objetivo es dar previsibilidad y transparencia a todo el proceso de contratación hasta su efectiva ejecución.

Entre otros puntos destacados, los operadores de turismo estudiantil ahora deberán acreditar la posesión de una póliza de responsabilidad civil comprensiva, que contemple todos los riesgos de las actividades programadas para los alumnos que contraten sus servicios.

Además, deberán informar sobre todos los detalles vinculados con la seguridad, las condiciones de funcionamiento de las instalaciones, la higiene y la calidad de los servicios que se especifiquen en los contratos.

En el caso del transporte, tendrán que exhibir la habilitación correspondiente expedida por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. Asimismo, deberán otorgar un seguro de accidentes personales y un servicio de asistencia al viajero de empresas inscriptas en la Superintendencia de Salud.

Los operadores que obtengan su Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil deberán integrar un Fondo de Turismo Estudiantil, fideicomiso constituido con el 6 por ciento del monto total de cada contrato individual suscripto y conformado con el depósito de la denominada cuota cero.

Cuando se trate de viaje de egresados, los operadores además tendrán que adjuntar un aval de tipo bancario de sociedades de garantías recíprocas o un seguro de caución por una suma equivalente al 30 por ciento del monto total del viaje contratado por cada contingente. Sólo quedarán exceptuados de este requerimiento los contratos que se suscriban dentro de los 60 días de la prestación efectiva del servicio.

Estas previsiones aseguran que, en caso de presentarse una imposibilidad por parte de la agencia para cumplir con las prestaciones pautadas, el Fondo de Turismo Estudiantil garantizará la realización del viaje.

En cuanto a los coordinadores que acompañen a los contingentes, deberán ser mayores de 21 años, haber completado sus estudios secundarios, presentar un certificado expedido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que acredite que no tienen antecedentes criminales y un certificado de buena conducta otorgado por la autoridad policial de su domicilio.

Por último, las situaciones relacionadas con la calidad de las prestaciones y/o la disconformidad que surja de la relación de consumo deberán ser dirimidas por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Producción.

El nuevo reglamento incluye específicamente aquellos servicios que resulten esenciales para este tipo de viajes: hospedaje, transporte, gastronomía y excursiones diurnas. Fuente: hostnews.com.ar

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